Mi objetivo es ofrecer un punto de encuentro y reflexión sobre el mundo de los seguros a sus principales participantes; clientes, compañías y corredores. Compartir con nuestros colegas los corredores una reflexión sobre el futuro de nuestro sector, trasladar a las compañías las necesidades de nuestros clientes y explicar al cliente final, el conjunto de riesgos a los que se enfrenta, ofreciendo las respuestas aseguradoras que existen.
El otro día fuimos consultados por una empresa sobre un seguro de responsabilidad civil de consejeros y directivos.
En su correo nos indicaba que tenía una cobertura actualmente de 1.200.000 €. La llamé y le di nuestro precio orientativo, pues carecíamos de los datos esenciales para que fuese definitivo.
La clienta me contestó que eso es lo que estaba pagando y que lo que quería era rebajar el precio.
Le pregunté el nombre de su actual compañía, y tras afirmarle que en efecto era una gran compañía y un gran producto, traté de explicarle que el nuestro era bastante mejor para sus intereses, incluso al mismo precio.
También le indique que si lo que quería era reducir la prima, se podía bajar algo la cobertura, y así obtenía mejor producto y más barato.
Inútil, lo noté en seguida. Se había bloqueado mentalmente en que lo que le ofrecía era el mismo precio y ya no atendía a más razonamientos, es más la estaba exasperando lo que le explicaba. No insistí, estábamos en una vía muerta, le propuse mandarle un correo explicativo lo cual hice.
Pero me temo que no habrá resultado. El cliente solo quería escuchar que fuese más barato, daba lo mismo si el producto es bueno, malo o regular.
Luego, con el tiempo, quizás vendrán frases tipo, los seguros son todos unos ladrones, para cobrar si pero para pagar no, mucho prometer pero luego nada………..Una pena.
Tres gestoras de cooperativas, acusadas de estafar más de 200 millones (ABC.es 21-02-10) Los últimos en unirse para emprender acciones judiciales han sido cerca de 500 cooperativistas de Ofigevi, que han presentado ante el Juzgado de Instrucción número 54 de Madrid una querella por estafa, apropiación indebida, disposición fraudulenta de bienes y falsificación de cuentas, a la que podrían unirse otros 1.000 afectados en las próximas semanas.
Ya hace unos días nos hicimos eco de una noticia similar referida a la gestora PSG, pero al igual que en aquella ocasión, la redacción de la noticia es confusa y desde mi conocimiento, incompleta.
Los afectados denuncian que la supuesta mala gestión de Miguel Torralbo, ex sindicalista y máximo responsable de Ofigevi, está detrás de que al menos siete de las doce cooperativas que gestionaba no puedan edificar las más de 3.000 viviendas ofertadas ni devolver a los socios las cantidades que entregaron, que rondan de media los 40.000 euros.
Aquí viene la primera incongruencia, hay que saber que las gestoras de cooperativas vienen a ser una gestoría especializada, pero cada cooperativa tiene que tener un órgano de gobierno como el de cualquier sociedad, y que es este órgano el que contrata la compra de los terrenos, la constructora, los seguros, etc. Debiendo controlar la gestión económica, pues bien de estos señores no se dice nada de nada, cierto que seguramente también son afectados, pero eso no les exime de sus responsabilidades.
La desesperación de los cooperativistas se ha agudizado después de saber que Ofigevi no tenía contratado con HCC Seguros, su aseguradora, la póliza obligatoria establecida en la ley 57/1968, que permite recuperar el dinero aportado más los intereses legales en caso de que la construcción de las viviendas no pueda llegar a buen término.
“HCC Seguros no cumplió su obligación al hacer un seguro distinto al exigido por ley”, critican los abogados de los afectados, que también denuncian que las diversas cajas de ahorros donde Ofigevi abrió cuentas -como Caja Madrid, Caja Castilla La Mancha (CCM) o Caja España- no comprobaron, como establece la normativa, que las garantías de la aseguradora fueran las de la ley 57/1968.
A ver, HCC ¿hizo el seguro o no?. O bien a HCC se le aportaron los datos y le dieron orden de emisión de una póliza de Afianzamiento, en cuyo caso seguramente lo haría o bien no se le dieron los datos y entonces no puede inventárselos.
Lo que seguramente pasó, es que se emitió la póliza colectiva (primer paso necesario) pero luego no se aportaron los contratos para hacer las individuales, por lo que de alguna manera el seguro no se perfeccionó. ¿es obligación de la compañía? Realmente creo que no, independientemente que convendría que hubiese avisado de tal circunstancia.
En cuanto a las entidades financieras, la verdad no me consta que tengan ninguna obligación legal de comprobar que existe o no, dicho seguro, más allá de la lógica prudencia (desaparecida lamentablemente en los últimos años) de comprobar que se cumplen con todas las obligaciones legales.
En resumen, la situación es lamentable, seguramente hay indicios suficientes de estafa y mala gestión por parte de los órganos directores de la gestora y de las cooperativas, pero también convendría exigir una cuota parte de responsabilidad a los propios cooperativistas, que deberían saber que firman y cuáles son sus obligaciones y derechos, que estamos hablando de una ley de 1968. Por cierto ¿Dónde está la Comunidad de Madrid?, desde 1999 y la publicación de la LOE tiene potestad sancionadora por incumplimiento de la contratación de este tipo de seguros.
Desde hace meses se viene hablando y publicando
noticias sobre la fusión de cuatro cajas catalanas, siendo uno de los principales escollos los acuerdos previos realizados por las distintas entidades de venta de parte de su negocio asegurador a varias compañías, Zurich, Aegon y Reale.
Las noticias publicadas apuntan a una difícil negociación para ver quién se queda con el pastel y como compensa a los otros.
Hasta aquí todo normal, pero no he leído una sola línea sobre la repercusión a los clientes. Se supone, que es mucho suponer, que el cliente contrató un seguro voluntariamente con una entidad determinada y con unas condiciones particulares específicas. ¿Qué pasa si ahora le cambian la compañía y la nueva no le gusta?, ¿Qué ocurre si la nueva compañía cambia las condiciones?.
Cientos de miles de artículos y libros se escriben sobre la importancia de mimar al cliente y sin embargo, cuando llega la hora de la verdad se tiende a actuar como los Ilustrados, todo para el pueblo pero sin el pueblo.
Esperemos que no sea el caso y que si el cliente no está de acuerdo con lo que le ofertan, previa petición expresa al mismo, tenga la libertad de contratar y aportar otro seguro distinto, cuando así sea necesario.
Hechos probados, una empresa tiene una póliza de INCENDIO / TODO RIESGO MATERIAL, que cubre a un laboratorio de equipamiento eléctrico, que se ve afectado de forma irremisible por asentamientos graves a causa de la construcción de la II línea de metro de Bilbao.
El Tribunal Supremo, en Sentencia de la Sala Primera de 7 de enero de 2010, desestima el recurso de la compañía de seguros que en parte alegaba la no cobertura al existir una cláusula excluyendo las pérdidas o daños producidos directa o indirectamente por error de diseño y de asentamiento de los terrenos.
La compañía considera que la exclusión delimita el riesgo que se quiere cubrir, mientras el Alto Tribunal considera que es una cláusula limitativa de derechos, que al no estar explícitamente aceptada, no puede ser usada en contra del asegurado. (Noticia publicada en Intelliegence &Capital News Report 19-02-10).
Sinceramente, si el laboratorio hubiese sido mi cliente y ante la exclusión de cobertura por asentamientos, que es muy habitual, yo le hubiese dicho al cliente que no había nada que hacer con respecto a esta póliza y le hubiese recomendado la reclamación por responsabilidad civil contra el promotor y constructor de la línea de metro. Pero como se dice popularmente, doctores tiene la iglesia y todos los días se aprende.
Otra reflexión que se me ocurre, que difícil lo tienen a veces las compañías. Los asentamientos se excluyen casi siempre, porque siempre se producen, por tanto se escapa a la noción de siniestro, como hecho súbito, imprevisto, accidental. Las construcciones, al estar asentadas sobre el terreno, que es materia viva sometida a múltiples fuerzas, durante los primeros años siempre se asientan hasta lograr su posición definitiva. Estos hechos que son conocidos por los técnicos, son calculados y estimados, de forma a que nunca supongan un grave peligro para la edificación, aunque si puede suponer pequeñas grietas que no afecten a la estabilidad de la misma. ¿Cómo tendrán que redactar las compañías a partir de ahora estos hechos para no volver a pillarse los dedos?
A veces innovar es solo estar a la escucha de lo que pasa y adaptarlo a lo nuestro. Reproduzco noticia de El Pais.com 11-02-10 sobre el desarrollo de un proyecto piloto sobre el uso del móvil como sustituto de las tarjetas de crédito.
Como se menciona en el artículo se lleva mucho tiempo hablando de ello, pero dada la fuerza de los interesados, la banca y las empresas de telefonía, junto con la practicidad que supone, hay que pensar que es muy posible que se popularice.
Son muchas las pólizas de seguro que cubren una pequeña cantidad de dinero por uso fraudulento de tarjetas, con el tiempo deberán adaptar los condicionados para incluir está nueva práctica y contemplar las implicaciones que puede suponer el robo o extravío del móvil.
El móvil se come la tarjeta de crédito en Sitges
La Caixa y Telefónica ponen en marcha un proyecto de integración de la tarjeta en el teléfono
“Se ha oído hablar muchas veces de que se haría… pero no se había hecho. Esta vez es distinto. Es el mayor proyecto piloto de España y de toda Europa”, asegura Kim Faura, director general de Telefónica en Cataluña. Comprar con el móvil. Una idea que ronda desde hace años a directivos de empresas de telecomunicaciones y que en España, de momento, ha tenido muy poco éxito. Pero esta vez no se trata de animar a la gente a que haga transacciones bancarias o pagos por mensaje de texto. No. El nuevo intento para popularizar en España algo que en Japón lleva años ocurriendo, va dirigido a que el móvil sea una tarjeta de crédito es sí mismo. Si el teléfono ya es una cámara de fotos y un reproductor de música… ¿Por qué no un billetero? En Sitges (Barcelona), a partir de mayo será una realidad. Un proyecto piloto, que según sus impulsores es el mayor llevado a cabo en Europa, permitirá a 1.500 habitantes de esta localidad recibir un móvil especial Samsung, equipado con la tecnología NFC (Near Field Communications o de proximidad).
En este teléfono se podrá descargar una aplicación “monedero” de Telefónica, en la que se almacena virtualmente la tarjeta de crédito (dentro de la tarjeta SIM). Y si quieren comprar en cualquiera de los 500 comercios que se han unido al programa, para pagar, sólo deberán acercar el móvil al datáfono que habitualmente lee las tarjetas tradicionales. No hace falta introducir ni tocar nada. Sólo hay que ponerlo cerca, y los datos de la cuenta bancaria (que están dentro del teléfono) pasarán al banco simplemente por contacto. El vídeo que Telefónica, La Caixa y Visa han mostrado ante los medios ha durado exactamente ocho segundos. “Es que es tan sencillo, que no hace falta más”, bromeaba Faura. Todos tienen volcadas sus expectativas en que el móvil acabará siendo usado por la mayoría como cartera virtual. Ahora son tarjetas de La Caixa, pero la aplicación está preparada para que se carguen las de otras entidades, el bonobús o las entradas del cine. Incluso, en un futuro, las tarjetas de identificación como el DNI o el carné de conducir.
“La tecnología está lista, pero el consumidor es ahora el que manda. Será quien decida si le gusta este modo de pago”, ha explicado Luís García Critóbal, director general de Visa Europe. Según Faura, los expertos aseguran que la tecnología NFC estará presente al menos en el 20% de los móviles en 2012. Si se populariza, y las tarjetas bancarias acaban dentro del móvil, esto no supondría ninguna comisión extra para los clientes, ni ningún riesgo de seguridad añadido, asegura Antoni Massanell, director adjunto de La Caixa.
Una de las mayores preocupaciones existentes
actualmente es el robo de datos, desde los dígitos de la tarjeta de crédito, pasando por los datos de los clientes, hasta secretos comerciales.
La informática y particularmente internet, ha facilitado notablemente la tarea a “los malos” y no solo eso, sino también su impunidad, al ser normalmente difícil su localización.
Pero supongamos que un ladrón logra introducirse en la base de datos de un banco y copia los datos de miles de cuentas bancarias de clientes y lo revende.
¿Ha robado? Seguramente mucha gente contestaría impulsivamente que sí. Solo tenemos un pequeño problema legal y es que la definición de robo es:
El artículo 237 del vigente C.P., ubicado en el Capítulo II (”De los robos“) del Título XIII (”Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico“) del Libro II, en casi idéntica acepción que la empleada en el artículo 500 del antiguo C.P., considera como reos del delito de robo a “los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentren o violencia o intimidación en las personas”.
La diferencia entre robo y hurto, es precisamente esta, la utilización de fuerza en las cosas o intimidación en las personas.
Aunque abogado de formación, nunca lo he ejercido, por lo que no sé cómo están actuando los tribunales en estos casos, pero tengo mis dudas que la localización de un fallo en el sistema de información del banco o la instalación de un software malicioso que permita acceder a la información, pueda ser considerado como fuerza en las cosas y por supuesto menos intimidación a las personas.
Por tanto, más que de robo deberíamos hablar de hurto, con el grave inconveniente de que pudiendo generar ingentes pérdidas, las penas impuestas son mucho más bajas que si se califica de un robo.
Si tenemos en cuenta que cada vez hay más negocios que se basan fundamentalmente en el manejo de datos, este matiz deberá ser considerado por los seguros que pretendan dar una cobertura adecuada a los riesgos de dichas empresas, porque de otra manera, crearán una apariencia de cobertura que a la hora de la verdad no se materializará.
El Economista.es 11-02-10
Agroseguro pondrá en marcha a partir del 1 de marzo un seguro que dará cobertura a los productores de cultivos destinados a la elaboración de biocarburantes (biomasa) ante posibles daños ocasionados por pedrisco, incendio, riesgos excepcionales de fauna silvestre, lluvias torrenciales y viento huracanado.
Los llamados cultivos agroenergéticos lignocelulósicos para los que se ha creado este seguro se destinan a la producción de biocombustibles sólidos para la creación de energía.
La línea específica puesta en marcha por la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados (Agroseguro) cubrirá el chopo, la paulonia, el olmo de Siberia, el cardo y la caña común.
El servicio establece que el capital asegurado será el 100% del valor de la producción y cuenta con una subvención del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino que puede llegar el 34%.
En la actualidad, se calcula que hay 2.000 hectáreas sembradas en España repartidas fundamentalmente entre las comunidades de Andalucía, Castilla-La Mancha y Extremadura, si bien Agroseguro indica que las expectativas de crecimiento son importantes.
(SERVIMEDIA)
Sin comentarios.
El pasado 9 de febrero El Economista.es publicaba
Mapfre incorpora gratuitamente un seguro de bricolage para el hogar
Muchos pensarán que es una buena idea, es un plus que intenta distinguir a su producto del de la competencia en una actividad cada vez más popular entre los españoles que de forma masiva nos vamos incorporando al hágaselo Ud. mismo.
Pues no es por llevar la contraria, pero a mí me parece una mala idea. El seguro está para resarcir de aquellos hechos accidentales, súbitos, fortuitos e inesperados que nos pueden ocurrir, ya sea en el ámbito del hogar, de la vida, del automóvil, etc.
Incorporando está garantía y otras muchas que ya han adquirido carta de naturaleza en nuestras pólizas, convertimos un instrumento destinado a cubrir situaciones puntuales en servicios de mantenimiento, llevando a la mente de nuestros clientes que si se tiene un seguro de hogar, todo lo que pase en el mismo debe ser atendido “por derecho”.
Un ejemplo reciente. Me llama una asegurada, que la noche anterior casi tiene un incendio con la chimenea de su casa, porque se había movido uno de los tubos de la chimenea (que es una de las formas de calentar la casa) y entonces que fuese el seguro con urgencia a repararlo.
Mi pregunta inmediata fue, ¿Cuál ha sido la causa del movimiento del tubo?. La señora, lógicamente no experta en chimeneas, no conocía la razón, pero eso daba lo mismo, ella tenía un seguro del hogar y entendía que la compañía debía atender la contingencia.
Le explique lo mejor que puede, que el seguro cubre una serie de eventos, incendio, fenómenos de la naturaleza, robo, daños por agua, daños eléctricos, responsabilidad civil, etc… pero que si el tubo se había movido porque si, no había cobertura; salvo eso sí, si se pudiese demostrar que la fuerza del viento había sido de tal magnitud que pudiese justificar el hecho de que el tubo se moviese.
Sinceramente no sé si logré convencerla, lo veremos al vencimiento de la póliza. Pero lo relevante es que en la idea y en el sentimiento de la clienta, ella tiene un seguro del hogar para que se ocupen de “todo” lo que pase. Y eso lo hemos provocado entre todos, añadiendo multitud de servicios extras que nada tienen que ver con el seguro puro y duro.
El empleado de la empresa aseguradora ha explicado que el dueño de Brau le dijo en su momento que ni tenía cobertura ni la necesitaba, porque era imposible que algo sucediese allí al contar sólo con material pirotécnico infantil.(ABC.es 11-02-10)
La noticia versa sobre el juicio por una explosión de una pirotecnia hace 17 años con resultado de cuatro trabajadores fallecidos.
Siendo lamentable el hecho, lo que quiero destacar es la actitud del empresario ni tenía cobertura ni la necesitaba.
Alguno podrá pensar, hombre es que hace 17 años….., pero no. Hoy en día miles y miles de negocios de todo tipo trabajan sin seguro o el seguro que tienen no sirve para nada.
Hace unos días conversaba con el dueño de un grupo de empresas que facturan 6.000.000 € y trabajan para la administración pública. Entre otras cosas, le ofrecía una responsabilidad civil profesional, ciertamente podía parecer cara, 9.000 € y me dijo que no le interesaba. Le contesté que me sorprendía que la administración no le exigiese un seguro como el que le estaba presentando y me dijo que sí, que se lo pedían, pero desde hacía 10 años, presentaba el seguro de la oficina, con la garantía de responsabilidad civil y le valía.
Pues le valdrá, pero algún día habrá una explosión y el coste de defensa más eventualmente la indemnización le costará varias veces la prima ofrecida y ese día se preguntará si había hecho bien.
Es esta una modalidad de seguros poco conocida tanto
en el sector como del público en general. Se habló de ello tangencialmente en el caso Alakrana, pero lo que seguramente la gente no conoce es la amplitud de un seguro que por mi experiencia, es de los más completos que conozco y encima no es caro. Claro, que en este caso, no son muchos los que lo necesitan, pero seguramente más de los que creen.
A continuación expongo cuales son las principales coberturas.
- Pago del rescate.
- Pérdida del rescate antes de entregarlo, por cualquier razón.
- Los gastos de gerencia de riesgos (asesoramiento profesional en este tipo de casos)
- Gastos del negociador independiente
- Costes de desplazamiento de negociadores y familiares
- Costes de repatriación del secuestrado
- Gastos de asistencia psiquiátrica.
- Pagos a informadores
- 100% del sueldo bruto del secuestrado.
- 100% de familiares o empleados que dejan su trabajo para ayudar.
- 100% del sueldo de la persona que sustituye profesionalmente al secuestrado.
- Gastos de formación de reciclaje profesional del secuestrado.
- Gastos de seguridad de los familiares del secuestrado si se desplazan al país donde se ha producido el secuestro.
- Gastos de publicidad, comunicaciones destinadas a conseguir la liberación del secuestrado.
- Gastos de analistas forenses.
- Gastos de cirugía plástica necesarios.
- Subsidio por fallecimiento en caso de que se crea que haya ocurrido.
No está mal, ¿verdad?.
Como siempre, los seguros, mejor no necesitarlos, pero en este caso más.
Hablaremos de ello, el jueves en 