Para los que no lo conozcan, este seguro establece que en caso de que un promotor reciba cantidades de un futuro comprador (básicamente se da en los casos de compra sobre plano) debe obligatoriamente garantizar que dichas cantidades se van a destinar al desarrollo de dicha promoción y en caso de no poder llevarse a cabo, devolverlas más el interés legal del dinero.
Una de las maneras es a través del seguro.
Lo que probablemente la gente no sepa, es que es una obligación desde 1968. Que fue reforzada con la publicación de la Ley de Ordenación de la Edificación del año 2000.
La diferencia es que la ley de 1968 establecía que era el cliente el que debía pedir el afianzamiento y desde el año 2000 es una obligación de oficio del promotor, bajo la amenaza de fuertes sanciones (25% de la suma que se debería haber afianzado + el recargo que imponga cada comunidad autónoma).
¿Cuál ha sido el resultado en estos años?.
Me atrevo a afirmar, que un absoluto fracaso. No me consta haber oído de ninguna sanción en estos años. Los años de bonanza han hecho que por un lado el riesgo haya disminuido mucho y por otro lado, había tanta demanda, que si un cliente exigía el seguro y el promotor no quería hacerlo, le decía al cliente que sino le gustaba que se fuese a otro sitio.
Sin embargo, las cosas han cambiado, por lo que dos recomendaciones.
A los futuros compradores, exijan por su propio bien el seguro. Ahora están Uds. en posición de fuerza y aunque no sea un consuelo que no se lleve a cabo la promoción, es mejor que perderlo todo.
A la administración, en vez de amenazar con grandes multas, que luego no se cumplen, impongan mecanismos coactivos reales, por ejemplo no dar la licencia de primera ocupación si no se acredita la constitución del seguro. De nada sirven mecanismos recaudatorios frente a problemas sociales importantes, cuando se dan estafas como la PSV de hace unos años.




