Una gran amenaza se cierne sobre nosotros. La duda.
Como bien indica su propio nombre, el seguro decenal da una cobertura de diez años, desde la finalización de la obra.
Si tenemos en cuenta que la obligatoriedad del mismo se inició para todas las obras cuya licencia se solicitase a partir del 6 de mayo del año 2000, podemos pensar que los primero edificios asegurados, empezaron su cobertura como muy pronto en el año 2001. Además la ley establece una prórroga de dos años más para interponer demandas.
La cobertura obligatoria que otorgamos en España solo se refiere a la obra fundamental, es decir, cimentación y estructura, pero la duda y gran interrogante para el sector, es ¿qué alcance real darán los tribunales al seguro?.¿se limitarán solo a lo que cubrimos o si hay una grieta de 10 centímetros de ancho que va de la planta baja hasta el último piso, aunque sea de una fachada no portante, obligará a su reparación?.
No podemos olvidar que se trata de un seguro a primer requerimiento, por tanto en caso de condena judicial, Ud. primero pague y luego repita contra quien quiera.
Otro factor no previsto, es la quiebra de los organismos de control técnico. Una de las principales razones por las que las compañías imponían su intervención, además de tener una opinión técnica independiente sobre el proyecto y la ejecución del mismo, es para poder tener a mano, a alguien contra quien repetir en caso de siniestro. ¿y ahora que ya no están? ¿van a ir contra los que figurasen como administradores cuando se hizo el informe? ¿van a ir contra el técnico, que posiblemente no tuviese seguro?.
En definitiva, estos años nos hemos hinchado a hacer primas, pero ¿serán suficientes para responder de los siniestros? Pensemos que hasta el 2013 o casi 2015 no tendremos un panorama judicial suficientemente claro sobre la aplicación de la ley.
Esto se está agravando, por supuesto, con la guerra de precios y la relajación de los criterios técnicos, iniciados probablemente antes de tiempo, pues todavía no sabemos que será, será…..




