Publica Actualidad Aseguradora dreamstime_64797601un comentario de D. José A. Badillo sobre una reciente sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional a una correduría, en materia de Protección de Datos.

 

Los hechos resumidos son, una clienta tenía una póliza de hogar contratada a través de una correduría con la compañía X. Durante la anualidad la compañía rescindió las relaciones mercantiles con la correduría, anulando las pólizas en tiempo y forma. La clienta volvió a contratar la póliza directamente con la compañía X, mientras que la correduría, de buena fe, y previo aviso por escrito, hizo la póliza con la compañía Y. La clienta llegó a pagar tres recibos de la compañía Y, pero luego denunció la cesión de sus datos a la citada compañía Y. La multa inicialmente impuesta eran 300.506 €, menos mal que al final se aprecio la buena fe y se quedo en SOLO, 60.101,21 €.

 

Independientemente del hecho en sí, desde Alfarisk, que llevamos desde el 2007 comercializando un seguro específico para esta contingencia, constatamos por un lado, el altísimo grado de ignorancia que existe en esta materia y sobre todo, el bajísimo nivel de adecuación a esta ley por la mayor parte de las empresas.

 

Solo un dato, en 2008 hubo 492 resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos, os invitamos a saber más en nuestra web www.segurolopd.es.