Recientemente me consultaba un bloguero, si en www.segurosparabloggers.es se daba cobertura a posibles responsabilidades por la utilización de fotos y videos.
Precisamente esto fue uno de los aspectos más difíciles para conseguir el producto, el sindicato del Lloyds le tenía absoluto pánico a esta eventualidad.
La verdad es que tuve que entenderlo, yo mismo sufrí hace años un amago de reclamación de mil y pocos euros por una foto que valía 14$. La diferencia entre ambas cantidades era el coste de los abogados desde EEUU hasta España. En mi caso concreto, en una de las webs aparecía una foto para ilustrar un producto, realmente anodina y común por otro lado, que supuestamente pertenecía a un banco de imágenes y que el informático habría copiado de cualquier otro sitio, creyendo que estaba totalmente libre de derechos.
Desde entonces aprendí la lección y salvo los logos de las compañías, compro todas mis fotos, la verdad es que es muy barato y te quedas muy tranquilo.
Lo que acordamos fue, que en principio no se cubren las responsabilidades por fotos, si el blogger tiene especial interés por ello, deberá dar datos de donde las compra y una vez analizada la información del banco en cuestión y cuál su la política, se dará cobertura, con el fin de que si a pesar de haber intentado hacer las cosas correctamente hay una reclamación, tenga cobertura.
Los videos son un poco distintos, si son de libre acceso, tipo You Tube o de producción propia, no hay problema, en el resto de los casos se aplicará el mismo principio que para las fotos.




